PODER PLEITOS

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¿Cómo debo proceder ante un pleito?

Para intervenir en un pleito puede ser necesario, o simplemente conveniente, acudir representado por un profesional del derecho que actúe en proceso en defensa de nuestros intereses. En la práctica, el poder para pleitos suele darse a favor de uno o varios procuradores, abogados, o, incluso, graduados sociales.

¿Que documentos debo llevar?

DNI

DNI de poderdante.

DATOS ABOGADO

Nombre y apellidos de los abogados y procuradores.

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Preguntas Frecuentes

Cuando se otorga un poder para pleitos, el mismo se basa en una relación contractual previa entre el abogado y el cliente. En principio, el poder no tiene fecha de caducidad, de manera que los abogados podrían representarle en cualquier juicio. Pero no tendría sentido que lo hicieran sin un mandato previo por su parte. En cualquier caso, la representación se limitaría a la esfera procesal, no extendiéndose a ningún otro acto de la vida civil o mercantil de la persona, salvo que expresamente se les apodere para ello.

No es necesaria su revocación, dado que bastará con no encargar otro pleito a ese abogado o procurador, ya que, como hemos dicho, se basa en una encomienda hecha a este, y no es sino un medio acreditativo de la misma ante el Juez o Magistrado. No obstante, la revocación es posible, si bien no necesaria, si es este el deseo del poderdante por cualquier razón.